Morelia, Michoacán – Melissa García
Entidades federativas que enajenen bienes inmuebles y y causen impuestos referidos en Ley del Impuesto sobre la Renta, podrán recibir como incentivo el 100 por ciento de la recaudación neta, misma que no formará parte de la recaudación federal participante, sin embargo el 20 por ciento de ese incentivo deberá ser compartido con los municipios.
Así quedó estipulado en el acuerdo de modificación del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el gobierno del estado de Michoacán, publicado este lunes 27 de abril en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
La adecuación, de acuerdo al DOF es con la finalidad de fortalecer las haciendas públicas de las entidades federativas y sus municipios; de allí que, en la disposición transitoria, se establece que dicha recaudación no formará parte de la recaudación federal participable que prevé el artículo segundo de la Ley de Coordinación Fiscal y que las entidades federativas deberán participar cuando menos el 20 por ciento del incentivo referido a sus municipios o demarcaciones territoriales, mismo que se distribuirá entre ellos en la forma que determine la legislatura correspondiente.
Dentro del acuerdo se establece que la entidad ejercerá las funciones operativas de administración de los ingresos generados en su territorio, derivados de los contribuyentes que tributen en los términos de los artículos 126 y 127 de la Ley de Impuestos sobre la Renta, en relación con los ingreso por la enajenación de bienes inmuebles y por la ganancia de la enajenación de terrenos, construcciones o terrenos y construcciones, ubicados dentro de la circunscripción territorial de la misma.
Sin embargo, la Secretaría de Hacienda estará en posibilidad de obtener además de la información, la documentación que obtengan las entidades federativas en el ejercicio de sus facultades, atribuciones y funciones delegadas.
La entidad podrá percibir el cien por ciento del monto siempre y cuando cumpla con las metas establecidas en el Programa Operativo Anual, que el convenio, en un porcentaje de al menos el 95 por ciento esté conforme a los criterios que para tal efecto emita la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria.
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