Este sábado 15 entró en vigor la reforma que permite al presidente de la República de México otorgar amnistía de manera directa a personas que colaboren en el esclarecimiento de delitos relevantes para el Estado mexicano.

El decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) agrega el artículo 9 a la Ley de Amnistía y especifica las condiciones para que los acusados puedan acceder a este beneficio.

“Por determinación exclusiva de la persona titular del Poder Ejecutivo federal se podrá otorgar el beneficio de la amnistía de manera directa, sin sujetarse al procedimiento establecido en este ordenamiento”, dice el artículo 9.

Este indulto podrá aplicarse a personas que estén siendo procesadas o que fueron sentenciadas por cualquier delito y sólo se podrá conceder en casos específicos como cuando la persona aporte “elementos comprobables que resulten útiles para conocer la verdad de los hechos en casos que sean relevantes para el Estado mexicano”.

El pasado 25 de abril se aprobó en la Cámara de Diputados, con 250 votos a favor y 197 en contra, el dictamen que permite al Ejecutivo federal otorgar el beneficio de la amnistía de manera directa.

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