Ciudad de México

Los consumidores de marihuana en México ya no tendrán que tramitar amparos para utilizarla libremente con fines lúdicos, ya que una vez más la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con ocho votos a favor y tres en contra, reiteró que la penalización en el consumo de esta sustancia va en contra de los derechos del libre desarrollo de la personalidad de los ciudadanos.

El Congreso de la Unión ha solicitado tres prórrogas para dictaminar sobre el asunto, a pesar de que la SCJN ya había declarado inconstitucionales los artículos que prohíben y penalizan el consumo de cannabis en el país desde el 2017 y los legisladores estaban obligados a suprimirlos, pero le han ido dando largas al asunto y han presentado múltiples modificaciones al dictamen.

Si bien los consumidores ya no tendrán que interponer amparos, ahora tendrán que tramitar permisos ante la Secretaría de Salud, que además de permitirles consumir, les autorizaría la siembra, cosecha y traslado de la planta, pero no la compra, lo que refuerza el supuesto de los legisladores de que todos los consumidores son capaces de cultivar y procesar el cannabis.

Independientemente de si se legisla o no, la  Comisión Federal para la Protección contra Riesgos (Cofepris) tendrá que emitir lineamientos acerca de en qué lugares estará permitido el consumo, cómo impedir que éste afecte a terceros y bajo qué circunstancias se adquirirán las semillas.

Con ello, se despenaliza parcialmente el uso lúdico de marihuana en el país, ya que falta esperar las reglas que pondrán las instituciones federales y sigue estando prohibida la venta y distribución tanto del cannabis como de sus derivados, excepto de CBD y productos con THC de carácter medicinal, que ya se permiten desde 2016.


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