Morelia, Michoacán – Melissa García
En Michoacán se podría establecer una pensión compensatoria de carácter resarcitorio por perjuicios ocasionados al cónyugue que se haya dedicado al cuidado de los hijos y las labores del hogar, y por ende no tenga las herramientas educativas para trabajar.
Así lo propuso el diputado de la Representación Parlamentaria, Javier Paredes Andrade, durante la sesión ordinaria de este jueves, al formular diversas reformas al Código Familiar para el Estado.
El legislador local argumentó que el resarcimiento al conyugue lleva implícito que la persona haya estado imposibilitada de haber recibido o concluido alguna formación escolar o capacitación profesional que le permitiese incorporarse al mercado laboral, por lo que la compensación sería de carácter asistencial, la cual se genera por la falta de ingresos, al no tener una fuente de trabajo.
Ante la disolución del vínculo matrimonial no debe dejarse en el desamparo al cónyuge que durante la existencia del vínculo matrimonial, se haya dedicado preponderantemente a las labores del hogar y al cuidado de los hijos, mencionó, a fin de generar en su favor, la presunción de la necesidad de recibir una pensión alimenticia compensatoria, añadió.







