Morelia, Michoacán – Melissa García

Vehículos que se encuentren estacionados frente a talleres mecánicos o sus inmediaciones donde vayan a ser reparados, podrán ser remitidos a los corralones estatales o municipales así como aquellos que de manera notoria emitan humo.

Esas son parte de las causales que se verán modificadas en la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Michoacán, luego de que la iniciativa que presentó el 21 de octubre de 2019 la diputada local del Partido del Trabajo (PT), Teresa Mora Covarrubias y será concretada en el Pleno.

Tras argumentar que en varias partes del estado se vive “un acoso disfrazado de operativos” con el argumento de aplicación del Reglamento de la Ley de Tránsito, en el cual se despoja a las personas de sus vehículos de manera ilegal, teniendo en cuanta que la Ley no señala las causas por las cuales ejecutar dicha acción, el Pleno del Congreso emitirá como causales que sea visiblemente notoria la emisión de humo; los datos del registro vehicular no correspondan a los asentados en la tarjeta de circulación y en la base de datos de la Secretaría de Finanzas y Administración del Estado; carecer de ambas placas y tarjeta de circulación vigentes, o en su caso, el permiso respectivo; se encuentren abandonados en las vías públicas del estado o del municipio; aquellos que se encuentren estacionados en los lugares determinados como prohibidos por la autoridad competente en la materia.

Así como aquellos que se encuentren estacionados frente a talleres mecánicos o sus inmediaciones y que en éstos se hagan las reparaciones o composturas que deban hacerse en el interior del establecimiento.

Sin embargo, si a bordo del vehículo se encuentran infantes o personas con discapacidad, el vehículo no será remitido al depósito y el agente procederá a emitir la infracción correspondiente, asentando en la misma, la situación especial del caso.

En los casos en que proceda la remisión del vehículo al depósito, y previamente a que se haya iniciado el proceso de arrastre del vehículo, los agentes de tránsito estatal y/o municipal a que corresponda, deberán sellarlo para garantizar la guarda y custodia de los objetos que en él se encuentren, así como elaborar el correspondiente inventario del vehículo, de lo contrario, la Dirección de Tránsito correspondiente conjuntamente con el propietario del depósito o corralón vehicular, se harán responsables de la reparación, reposición o pago de los daños patrimoniales o pérdida de objetos inventariados.

Aunado a ello se evitará que grúas que no tengan concesión con autoridades estatales o municipales arrastren o depositen vehículos cobrando cuotas indebidas, evitando erradicar la corrupción en materia de tránsito y vialidad, dejando expreso que será la Secretaria de Finanzas y Administración quien recaude los derechos fiscales por aprovechamientos, consistentes en arrastre de vehículos implicados en hechos de tránsito y su guarda.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí