Ciudad de México – Milenio

Ya estamos en plena temporada decembrina y debemos admitir que una de las mejores partes de esta época es el pago de aguinaldo. Un dinero extra nunca cae mal, y si eres lo suficientemente precavido a la hora de gastarlo o invertirlo, te puede ayudar a comenzar el 2020 sin deudas.

Anteriormente, el aguinaldo en México era un “regalo voluntario” que el patrón otorgaba a sus trabajadores con motivo de las fiestas de fin de año. Fue hasta 1970 cuando se incluyó como una obligación en la Ley General de Trabajo y se convirtió en una prestación que debe darse a todos los empleados.

Ya sea que trabajes en una empresa pública o privada, el aguinaldo es una de las prestaciones más esperadas, pero también una de las que nos genera varias dudas. Es por eso que en De10.mx te decimos todo lo que debes saber sobre el aguinaldo…

¿Qué es el aguinaldo?

Es una prestación a la que tiene derecho cualquier trabajador. Es un pago que se entrega de manera anual, con la moneda de curso legal.

¿Cuándo debes recibir el aguinaldo?

Los trabajadores del sector privado deben recibirlo antes del 20 de diciembre. A los trabajadores que terminen su relación laboral antes de dicha fecha, el aguinaldo proporcional les deberá ser pagado de inmediato, como parte de su liquidación o finiquito.

¿Cuándo pagan el aguinaldo?

De acuerdo a la Ley Federal de Trabajo, el sector privado deberá recibirlo antes del 20 de diciembre, mientras que el sector público antes del 15 de noviembre.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

Primero debes tener clara la cantidad de dinero que ganas al día. Sólo debes dividir tu sueldo mensual entre 30 días, y el resultado multiplicarlo por 15.

Vamos a poner como ejemplo el caso de un trabajador que gana 10 mil pesos al mes:

a) 10,000 / 30 días = 300 pesos diarios

b) 300 pesos diarios x 15 días de aguinaldo = 4,500 pesos

¿Qué hacer si no te pagan aguinaldo?

Si la empresa no te entregó aguinaldo, acércate a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet). Ahí te brindarán orientación sobre la instancia que debe demandar el pago del aguinaldo dependiendo de la actividad que desarrolle la empresa. Puede ser la propia Profedet o la Procuraduría (local) de la Defensa del Trabajo.

Puedes contactarlos en su sitio web www.gob.mx/profedet; en el correo electrónico [email protected] o en los teléfonos 800 911 7877 y 55 59 98 20 00 ext. 44788 y 44787.

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