Morelia, Michoacán
El Gobierno del Estado consideró que no es viable promulgar la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas en los términos en la aprobó el Congreso del Estado el pasado 21 de junio.
Esto debido a que el Ejecutivo se niega a solventar los gastos de alimentos y subsistencia de las personas que se acojan al mecanismo de protección y tampoco está de acuerdo con que el Legislativo tenga que aprobar su plan de trabajo.
En el documento que se remitió al Congreso, firmado por el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla y el hasta hace poco secretario de Gobierno, Carlos Torres Piña, se observa que se encontraron contradicciones e imprecisiones.

El Ejecutivo argumenta que no tiene por qué proporcionar apoyo económico ni alimentos a las personas que se acojan al mecanismo de protección, pues considera que esto no es necesario para garantizar su seguridad.
“El dinero y los alimentos no son acciones o medios de resguardo con los cuales se pueda evitar una afectación, ataque o amenaza inminente e inmediata”, se expone.
Se agrega que las medidas de protección estatales se implementan únicamente en tanto el mecanismo federal acoge a las víctimas y que éste no contempla apoyo económico ni alimentos, aunque sí evacuación y reubicación temporal. Es decir, se espera que la persona en peligro subsista con sus propios recursos en un lugar distinto a donde desempeña las labores que le generan una retribución económica, que en el caso de los periodistas, son además las que los pusieron en situación de peligro.
En el documento se argumenta también que no se especifica de qué partida presupuestal ni cómo sería el mecanismo para otorgar estos beneficios a los defensores de derechos humanos o periodistas en riesgo.

La otra observación se refiere al Plan Anual de Trabajo que debe elaborar la Unidad de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, pues en una fracción de la ley se dice que el Congreso del Estado debe revisarlo y aprobarlo y en otra, que es la Junta de Gobierno del Sistema Estatal de Protección a Defensores de Derechos Humanos y Periodistas a la que corresponde esa función y sólo se remite al Legislativo para su conocimiento. El gobierno estatal opta por esta segunda opción.
Ahora lo que corresponde al Congreso del Estado es revisar en comisiones las observaciones hechas por el gobernador, elaborar un nuevo dictamen y someterlo una vez más a votación del pleno.
Si se aprueba, esta vez ya no procede que el Ejecutivo haga observaciones y se publicará en el Periódico Oficial en los términos en que la ley haya sido avalada por los diputados.





La situación descrita refleja una serie de tensiones y desacuerdos entre el gobierno del estado y el Congreso respecto a la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Algunos puntos críticos :
Sustento Económico y Alimenticio: La renuencia del Ejecutivo a proporcionar apoyo económico y alimenticio a las personas acogidas bajo el mecanismo de protección es una postura que puede parecer desconectada de la realidad que enfrentan los defensores de derechos humanos y periodistas en riesgo. Estas personas, al desplazarse de sus lugares de origen por razones de seguridad, enfrentan desafíos económicos que pueden afectar su bienestar y capacidad para continuar con su labor crítica.
Aprobación del Plan de Trabajo: El desacuerdo sobre quién debe aprobar el plan de trabajo de la Unidad de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas refleja una lucha de poder entre los diferentes órganos gubernamentales. La claridad en los procedimientos y responsabilidades es crucial para garantizar la efectividad de cualquier ley o programa, y la ambigüedad actual puede obstaculizar la implementación efectiva de la ley.
Falta de Especificidad Presupuestal: La ausencia de detalles sobre la partida presupuestal y el mecanismo para otorgar beneficios a los beneficiarios es otro punto de preocupación. La falta de claridad en estos aspectos puede llevar a la ineficiencia y falta de transparencia en la administración de los recursos destinados para la protección de estas personas.
Comparación con el Mecanismo Federal: El argumento de que las medidas estatales se implementan solo mientras el mecanismo federal acoge a las víctimas, sin proporcionar apoyo económico o alimenticio, parece ignorar las particularidades y necesidades de los defensores de derechos humanos y periodistas a nivel local.
Revisión y Aprobación Legislativa: El proceso descrito para la revisión, ajuste y aprobación de la ley por parte del Congreso del Estado es un paso necesario en la democracia. Sin embargo, resalta la necesidad de una comunicación y colaboración efectiva entre el Ejecutivo y el Legislativo para alcanzar una versión de la ley que sea viable, efectiva y que atienda de manera adecuada las necesidades de las personas a las que está destinada a proteger.
En resumen, los desacuerdos y la falta de claridad en varios aspectos cruciales de la ley pueden obstaculizar su implementación efectiva. Es imperativo que el Ejecutivo y el Legislativo trabajen en conjunto, con un enfoque centrado en la protección y apoyo a los defensores de derechos humanos y periodistas, para resolver estas diferencias y promulgar una ley que responda adecuadamente a la realidad y necesidades de estos grupos en riesgo.
Gracias por su comentario, permite una visión completa del panorama y explica los conceptos implicados en el tema.