Morelia, Michoacán

Por primera vez, Michoacán vivirá un proceso electoral con la aplicación de una serie de reformas orientadas a impedir que deudores alimentarios y responsables de violencia política, familiar o sexual, con una sentencia firme, accedan o mantengan una candidatura a puestos de elección popular.

Tras una lucha de colectivas feministas y la sociedad civil por garantizar que los aspirantes a puestos de elección popular no tengan un historial de abuso, maltrato o violencia política, sexual o familiar, como tampoco de ejercicio de violencia patrimonial y económica por el abandono de sus dependientes, el proceso electoral 2023 a 2024 contará con leyes y normas para excluir de los comicios a violentadores y deudores alimentarios, documentó la consejera del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), Araceli Gutiérrez Cortés.

La presidenta de la Comisión de Igualdad, No Discriminación y Derechos Humanos del órgano electoral, describió que este paquete de reformas, conocido como Ley 3 de 3 en contra de la violencia, se incorporó al Código Electoral de Michoacán desde agosto de 2022, por lo que tendrá plena vigencia en el proceso comicial 2023 a 2024, cuando el país elegirá presidente de la República y el estado, presidentes municipales y legisladores.

¿En qué consiste la Ley 3 de 3 contra la violencia?

Araceli Gutiérrez explicó que en el pasado proceso comicial, los aspirantes a cargos de elección popular debieron presentar una carta donde, bajo protesta de decir verdad, aseveraron que no tenían una sentencia en firme por violencia política, violencia sexual o intrafamiliar, o impago de la pensión alimentaria para sus dependientes económicos.

No obstante, agregó que al no existir una norma específica que impedía a los individuos en estas condiciones contender por un cargo público, “cuando detectamos algunos casos entre los aspirantes registrados nos fue difícil buscar el retiro de la candidatura”.

Hoy, “esta imposibilidad ya se incluye en el Código Electoral estatal, y quienes tengan sentencias en firme por no pagar la pensión alimenticia a sus dependientes económicos o incurrir en violencia política, familiar y sexual, no podrán registrarse como candidatos a cargos públicos o perderán la candidatura lograda“.

Las atribuciones del IEM

La consejera Araceli Gutiérrez precisó que, una vez que el IEM reciba las solicitudes de registro de candidaturas a puestos de elección popular, procederá a verificar que, efectivamente, no existan sentencias en firme, para lo cual cruzará sus registros con el Tribunal de Justicia Administrativa (TJA), el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) y el Poder Judicial de Michoacán.

Si encontramos una sentencia en firme por mora en el pago de la pensión alimenticia, o violencia sexual, familiar o política, se negará el registro de la candidatura o este se retirará”, expuso. Además, el IEM investigará en instancias como los juzgados familiares y penales para cruzar sus listados de candidatos a cargos públicos, y estará en la disposición de recibir y verificar denuncias de ciudadanos.

La consejera aclaró que la Ley 3 de 3 tiene algunas limitaciones, entre las que destacó que no es aplicable a casos donde los individuos que han sido denunciados, se encuentran sujetos a un proceso jurídico o tienen una sentencia que aún no es firme.

Adicionó que en el supuesto de que un aspirante a un cargo público enfrente una denuncia o proceso jurídico por mora en el pago de la pensión alimenticia o violencia familiar, sexual o política, que derive en una sentencia en firme, el IEM tendrá competencia solo en tanto éste mantenga la calidad de candidato.

“En esos momentos la candidatura se puede suspender, una vez que reciba la constancia de mayoría ya no tiene jurisdicción el IEM o asuma sus funciones tendría que intervenir otra instancia, como el Congreso del Estado”, precisó la consejera del IEM.

Araceli Gutiérrez expresó que los lineamientos de la 3 de 3 no se limitan a los varones o a los padres que incurren en el impago de pensión alimenticia a sus hijos, sino que abarcan a todas las personas que manifiesten interés en contender por un cargo público.

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