Fotos: ACG.

Morelia, Michoacán

Establecimientos comerciales y de servicios tendrán hasta el 16 de mayo para llevar a cabo las adecuaciones relacionadas con la entrada en vigor del reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.

Debido a la naturaleza de la norma, los actos previstos y las sanciones consideradas, será en el sector regulados donde se concentrará la aplicación de penalizaciones por el incumplimiento de las restricciones para los fumadores y la promoción de productos de tabaco y nicotina, señaló el titular de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Coepris), Heber Israel Flores Leal.

Explicó que la Coepris arrancó con acercamientos con la industria regulada, como casinos, bares antros, restaurantes y cafeterías, para que eliminen las áreas designadas para fumar y garanticen ambientes libres de humo de tabaco en sus instalaciones.

Asimismo, con los puntos de venta para verificar la no exposición de cigarros y similares, y el retiro de la publicidad.

Fue el pasado 31 de mayo de 2022 cuando comenzó esta capacitación masiva, para la industria restaurantera y los casinos, donde estas expresaron su preocupación por el impacto económico de las innovaciones en un sector que apenas se recupera de las afectaciones derivadas de la pandemia de coronavirus o covid.

Por tanto, el primer esfuerzo se enfocará en la educacion y la sensibilización, más que en la imposición de multas, para fomentar un “cambio educativo”.

A la par, se prevé la realización de operativos nocturnos de fomento sanitario, y la revisión de establecimientos sobre denuncias recibidas y el índice de riesgo, lo que llevará a la Coepris a no quedarse en los grandes negocios, qie tienden a mostrar un mayor cumplimiento.

La norma especifica un lapso de 6 meses tras la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), para llevar a cabo las adecuaciones necesarias para adaptarse a las nuevas disposiciones.

Fotos: ACG.

Las sanciones se aplicarán desde amonestaciones y apercibimientos, y en los casos de reincidencia, desde 20 a 100 salarios mínimos por exhibición, o 4 mio 148.80 pesos a 20 mil 744 pesos, hasta 4 mil salarios mínimos u 829 mil 760 pesos por no asegurar el ambiente libre de humo de tabaco, así como cierres totales temporales y definitivos.

“No habrá tolerancia, fuimos tan tolerantes que normalizamos una práctica de riesgo”, expresó Flores Leal.

Respecto de la venta no regulada de productos de tabaco y nicotina, el titular de la Coepris señaló que será un reto abatir el ambulantaje, ya que el proceso de verificación y sanción implica notificar en un domicilio al presunto infractor, lo que no es posible en los casos de puestos semifijos o vendedores ambulantes. Por esto, se requerirá del apoyo de los ayuntamientos.

En relación con las personas que fuman en zonas no permitidas, Heber Israel Flores manifestó que no se consideran medidas contra los particulares, especialmente los que se encuentran en espacios públicos abiertos, como calles, avenidas, plazas y parques.

“No vamos a criminalizar a los fumadores, es un tema educativo, iremos resolviendo las cosa, pero vamos a empezar por lo que está regulado, tenemos un trabajo muy fuerte en señalética”, indicó.

Agregó que en condiciones ideales, la propia población denunciará a quienes fumen en espacios no permitidos, y les solicitará evitar esta práctica. “No vamos a tener tolerancia en arriesgar la salud de las personas, pero tampoco vamos a criminalizar a nadie”, aseveró.

Para saber qué dice el reglamento: ¿Por qué taparon los cigarros en los Oxxos?

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