Morelia, Michoacán
Las personas privadas de su libertad en centros penitenciarios de Michoacán pueden mantener consigo equipos de telefonía celular, aseveró el coordinador del Sistema Penitenciario, Ignacio Mendoza Jiménez.
Luego de que en marzo de 2021 se identificara que Diego U., quien es imputado por el feminicidio de Jessica González Villaseñor, contaba con un celular, Ignacio Mendoza precisó que para las personas privadas de su libertad la única restricción que tienen es la de la libertad.
“No existe en este país una sola reestricción para que un interno no pueda tener un celular, esa es una de las malas, del velo que tiene la situación carcelaria de México, donde se nos ha hecho creer una serie de circunstancias que no tienen sustento. Cómo llego o no llegó, es intrascendente porque él no tiene prohibición para tener eso ahí. Todo mundo tiene la falsa idea de que nadie puede tener un celular ahí. Son personas privadas de su libertad de tránsito, todo lo demás lo tienen intocado”, expuso.

Atribuyó el señalamiento a un error del ministerio público, ya que el hecho es “intrascendente”.
Sin embargo, el reglamento interno del penal David Franco, en donde se encuentra recluído el joven, establece en su artículo 53:
“Queda prohibida la introducción de teléfonos celulares, radioreceptores, transmisores vía satélite y cualquier otro instrumento de intercomunicación o sistema de comunicación electrónica, de conformidad con el manual de procedimientos correspondientes”.




