Morelia, Michoacán
Suman 3 quejas en el ámbito local y al menos 33 actas circunstanciadas ante la junta local del Instituto Nacional Electoral (INE) en Michoacán, por la colocación de anuncios espectaculares para promover la revocación de mandato.
El vocal ejecutivo de la Junta Local del INE en Michoacán, David Alejandro Delgado Arroyo, explicó que las quejas corresponden a una presentada por el representante del Partido Acción Nacional (PAN) y otra, por parte del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en la entidad, así como una queja interpuesta ante el consejo general del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), que se declaró incompetente en la materia y dio vista al INE.
Además, “entiendo, sin tenerla físicamente, que a nivel nacional el PAN presentó otra queja”.
Delgado Arroyo detalló que las actas circunstanciadas responden a la detección de igual número de anuncios espectaculares identificados como promotores de la consulta ciudadana para la revocación de mandato.
No descartó que se integren más actas circunstanciadas por la detección de otros anuncios espectaculares, ya que la labor, efectuada por instrucción de la unidad técnica de lo contencioso electoral, ante la sistematización de casos en el país, no ha finalizado.
David Alejandro Delgado acotó que, aunque el fondo de las quejas es el mismo, “no todas las quejas son iguales”.
Respecto de la existencia de materia de análisis en las quejas presentadas, el vocal ejecutivo de la Junta Local del INE refirió que la Constitución Política establece que el Instituto es el único facultado para la promoción de la consulta ciudadana de revocación de mandato, que están prohibidas la propaganda gubernamental, la exposición de logros y la emisión de posturas sobre la revocación de mandato, y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado inconstitucional la porción que permitía a los partidos políticos la difusión de la participación en el ejercicio, a condición de no usar el financiamiento público ordinario, lo que era una contradicción en el texto legal.
“Los partidos no pueden hacer difusión, punto… la ley dice que los ciudadanos pueden hacerlo por los medios que les sean posibles, a excepción de radio y televisión, sin participación de recursos públicos o de partidos”.
Agregó que no es posible asegurar que estas quejas se resuelvan rápido, porque es un proceso que implica muchos requerimientos, no sólo a los involucrados, sino también a las empresas que colocaron los anuncios espectaculares.