Morelia, Michoacán
De ahora en adelante, cuando en Michoacán un familiar o concubino impida a una mujer el acceso a servicios médicos se considerá un tipo de violencia familiar, en la modalidad de violencia contra la salud.
Esto a partir de una reforma a la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el Estado que se aprobó este martes en el Congreso del Estado.
La comisión de Igualdad Sustantiva y de Género argumentó en su dictamen que se está atentando contra un derecho humano al prohibirle a una mujer que acuda a un médico de cualquier especialidad o que continúe con un tratamiento médico y por ello se debe considerar violencia familiar.
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