Morelia, Michoacán

Didi nunca dejó de buscar comida para sus crías, a pesar de las lesiones, que la llevaron a perder sus ojos. Tras ser rescatada, pasaron meses antes de que una familia decidiera darle un hogar, con los cuidados que requiere un perro con discapacidad.

El caso de Didi no es excepción, cada día, la Fiscalía Especializada en el Combate a los Delitos del Medio Ambiente y la Fauna recibe entre 3 y 5 denuncias por malos tratos infligidos a los animales, desde negligencia y privación de cuidados, hasta crueldad, según indica el titular de la dependencia, José de Jesús Reyes Mozqueda.

La Fiscalía General del Estado (FGE) ha abierto 167 carpetas de investigación por delitos en contra de los animales, de las cuales sólo 16, o sea, el 10 por ciento, se han judicializado, y únicamente en 6 se ha logrado la vinculación a proceso.

En 2021 se interpusieron 75 denuncias, cifra que muestra una tendencia al alza respecto de 2019, cuando sumaron 52

El diputado por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Ernesto Núñez Aguilar señaló que entre los factores que dificultan la penalización de los casos de malos tratos en contra de los animales, está la indiferenciación entre crueldad y maltrato animal, así como la falta de definición como tipos penales de conductas que lesionan a los seres sintientes y no están consideradas como delitos.

Del maltrato a la crueldad

Durante la presentación de la agenda animalista del PVEM en Michoacán, su dirigente Núñez Aguilar expresó que ha elaborado una iniciativa de reforma al Código Penal del estado para distinguir grados en el delito de malos tratos contra los animales y ampliar los tipos penales, que faciliten su investigación y sanción.

La iniciativa, que reformaría el artículo 309 y adicionaría las fracciones I, II, III y IV, y el artículo 311, del Código Penal estatal, establece que la crueldad es “el daño físico infligido a un animal, que no constituya peligro para la salud o la vida humanas, con el único fin de lastimarlo o privarlo de la vida; que le cause lesiones que pongan en menoscabo la integridad y/o en peligro la vida de un animal, que le generen una incapacidad parcial o total permanente, que disminuyan alguna de sus facultades, o que afecten el normal funcionamiento de un órgano o miembro.

En tanto, maltrato es “en el trato doméstico o laboral, realizar acto abusivo, negligente u omisivo, que ponga en menoscabo el bienestar de cualquier animal y que no constituya un peligro para la salud o vida humana”.

Al respecto, Ernesto Núñez mencionó que la iniciativa no busca incrementar las penas para los infractores.

“Vamos a dar seguimiento al tema en mesas de trabajo con la sociedad civil, a través de las organizaciones defensoras de los derechos de los animales, porque muchos creen que se trata de un tema de moda, pero no, es parte esencial de la sociedad”,


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