Morelia, Michoacán
Cese laboral por acoso, violencia o maltrato sexual en áreas de trabajo, propone la diputada morenista Zenaida Salvador Brígido en la iniciativa para adicionar el artículo 38 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Michoacán de Ocampo y de sus Municipios.
El dictamen de la iniciativa de la coordinadora de bancada del partido guinda en el Congreso estatal ya se encuentra en la presidencia del Legislativo para que se enliste en la sesión del próximo lunes, para su análisis, discusión y en su caso, aprobación
La adición contempla que cuando un trabajador o servidor público cometa actos de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona en el lugar de trabajo, el titular de la dependencia deberá cesar al infractor o infractora.

En la exposición de motivos, la legisladora local plantea que el hostigamiento o acoso laboral es un comportamiento negativo entre superiores e inferiores jerárquicos de una organización laboral y tiene como consecuencia la disminución de la productividad del trabajo, debido a: peligro del trabajo en equipo, desmotivación, absentismo; a causa del cual el/la afectado/a es sometido a acoso y ataques sistemáticos durante mucho tiempo y de manera continuada y tiene como objetivo anular totalmente a su víctima.
Referente al acoso sexual, se identifica como una manifestación de la discriminación de género y como una forma específica de violencia contra las mujeres y como una violación de los derechos fundamentales de las trabajadoras y los trabajadores, constituye un problema de salud y seguridad en el trabajo y una inaceptable situación laboral.
Con respecto a los hombres, aquellos que sufren un mayor acoso son los jóvenes y homosexuales. El acoso puede provenir de propietarios, directivos o empleados con jerarquía, clientes, proveedores y compañeros de trabajo. Pueden ser hombres y mujeres, destacando estadísticamente el acoso de hombres hacia mujeres.







