Pachuca, Hidalgo – El Universal
Con 16 votos a favor de Morena y una abstención (también de Morena), fue aprobada en Hidalgo la iniciativa para la interrupción legal del embarazo a las 12 semanas, la cual garantiza que las mujeres que decidan suspender la gestación reciban atención médica gratuita y segura.
Así, la entidad se convierte en la tercera del país en aprobar la Interrupción Legal del Embarazo (ILE), después de la Ciudad de México (2007) y Oaxaca (2019).
La iniciativa de las diputadas Roxana Montealegre, Rosalba Calva, Lucero Ambrosio y del diputado Ricardo Baptista, todos de Morena, fue presentada el lunes pasado en el pleno y enviada a comisiones conjuntas.
Durante la discusión en el pleno, las bancadas del PAN y la diputada de Encuentro Social Hidalgo (PESH), lo mismo que el PRI, expresaron su postura en contra de la ILE; el tricolor, bajo el argumento de que Morena había violentado la ley al no pasar la iniciativa para discusión en la Comisión de Justicia.
La diputada Jajaira Aceves, quien arribó como plurinominal al Congreso por Nueva Alianza, luego se cambió al PESH y en los últimos días se alió con Morena, criticó la iniciativa.
Al término de la discusión, el presidente de la Junta del Congreso, el panista Asael Hernández, pretendió continuar con la discusión y, en medio de descalificaciones, retó a los morenistas a seguir debatiendo, pero fue ignorado y se procedió a la votación, en la cual sólo participaron los 17 legisladores de Morena; 16 lo hicieron a favor y hubo una abstención de la legisladora Doralicia Martínez.
Los 11 legisladores restantes, del PAN, PRI, PT y PESH, no participaron en la votación.
La iniciativa
Hasta ayer, Hidalgo formaba parte de los estados que cuentan con causales para la interrupción del embarazo; sin embargo, éstas no garantizaban que las mujeres pudieran acceder de manera segura a los servicios de salud. Entre ellas se encuentran: riesgo de muerte de la madre, violación, accidente y malformación del producto.
Sin embargo, para que se autorizara el aborto en caso de violación se debía realizar antes una denuncia. Ahora se reforman los artículos 154, 155, 156, 157, y 158 del Código Penal estatal y se modifican y adicionan diversas disposiciones de la ley de Salud.
La punibilidad del delito de aborto después de las 12 semanas también se disminuyó, ya que de tres años de cárcel ahora se castigará con una pena de seis meses a un año de prisión, y de 10 a 40 días de multa.
En el caso del aborto forzado, que se da sin el consentimiento de la mujer, la pena es de tres a siete años de prisión y de 40 a 150 días de multa. Si además hay violencia, se incrementaría hasta a nueve años de cárcel.
A partir de la promulgación de la ley, las instituciones públicas, privadas y sociales que presten servicios de Salud deberán proveer el servicio para la interrupción legal del embarazo de forma gratuita. Sin embargo, también se prevé la objeción de conciencia para el personal de Salud. En los casos que sea así, se deberá enviar a la paciente con un médico no objetor.