Melissa García – Morelia, Michoacán
La Ley que Regula el Uso de Cubrebocas en el estado, quedó publicada este miércoles en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Michoacán, por lo que su aplicación ya ha comenzado.
La presente ley se aplicará en toda la entidad con el propósito de contribuir a la protección de la salud de las ciudadanas y ciudadanos durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19.
Elementos de Seguridad Pública del estado darán a conocer en los próximos siete días las medidas que abarcará la legislación, antes de aplicar las sanciones para quienes no lo utilicen la máscara, informó el gobernador Silvano Aureoles Conejo.
Desde multas económicas de 1 a 15 UMAS, arrestos domiciliarios y/o administrativos de hasta treinta y seis horas, así como clausuras temporales o definitivas para comercios, empresas o industrias serán aplicadas según el decreto.

El uso del cubrebocas es obligatorio para todas las personas que se encuentren en el estado, en vías y espacios públicos al aire libre, al interior de establecimientos, ya sea públicos o privados, así como para usuarios, operadores y conductores de los servicios de transporte público.
Quedan exentos de su uso pacientes inmunodeprimidos, asmáticos, con fibrosis quística, cáncer, lesiones faciales, personas con trastornos cognitivos, respiratorios o auditivos, discapacidades u otros trastornos de salud específicos que pudieran interferir con el uso correcto del cubrebocas.
De igual forma, el uso no es obligatorio cuando se consuman alimentos y bebidas o al realizar actividades deportivas de intensidad o entrenamiento físico mayor a una caminata, en espacios abiertos.
El uso del cubrebocas será opcional para los menores de 5 años.







