Morelia, Michoacán
Resultó improcedente queja del Partido Acción Nacional (PAN) por presuntos actos anticipados de campaña de la extitular de la Secretaría de los Jóvenes en el estado, Gulianna Bugarini Torres.
Según la sentencia ST-JE-51/2020, emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la publicidad denunciada no advierte ninguna temática política o electoral que pudiera presentar un llamamiento expreso al voto sino que se busca generar una opinión favorable de Bugarini Torres dentro de una demarcación territorial.
Anteriormente el Tribunal Electoral del Estado (TEEM) había concluido lo mismo y consideró que El Instituto Electoral de Michoacán (IEM) realizó un indebido estudio de las pruebas con que se tuvo por acreditada la existencia de los hechos denunciados.







