Morelia, Michoacán

La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial (TEPJF) desestimó la denuncia por supuesta violencia de género que interpuso la diputada local Zenaida Salvador Brígido, ya que consideró que es competencia del Congreso del Estado y no de los órganos electorales.

La legisladora del grupo parlamentario de Morena presentó el 26 de noviembre pasado una denuncia en contra de la Mesa Directiva del Congreso del Estado por supuestamente haberle coartado sus derechos al cerrarle los micrófonos durante un sesión virtual.

De acuerdo con el TEPJF, el órgano competente para conocer, investigar y en su caso sancionar la violencia de género que se denuncia es el propio Congreso del Estado, ya que la demanda corresponde al derecho parlamentario.

“El agravio relacionado con la inexistencia de violencia política por razón de género en los hechos denunciados es inoperante por inatendible, ya que la jurisdicción electoral no es la vía para conocer los hechos denunciados por la diputada actora del juicio local”, se lee en la sentencia correspondiente al expediente ST-JE-50/2020, emitida la semana pasada.

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