Morelia, Michoacán
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó que, a partir del mandato constitucional de paridad de género que preve la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los partidos políticos deberán informar al Instituto Nacional Electoral (INE) a más tardar el 30 de diciembre en qué entidades presentarán a siete mujeres candidatas a una gubernatura y cuáles serán las otras ocho en las que presentarán a varones.
Entre los efectos de la sentencia del tribunal se establece que tanto el Congreso de la Unión como los Congresos estatales deberán regular la postulación paritaria de candidaturas de los partidos políticos a las gubernaturas de las entidades, previo al inicio de los próximos procesos electorales donde se haya que renovar al titular del Ejecutivo.
A pesar de que el acuerdo del INE donde se emitió criterios generales para garantizar la paridad de género en la postulación de candidaturas a las gubernaturas fue revocado, el TEPJF se basó en la paridad constitucional para dar su fallo, con lo que los partidos políticos deberán informar al órgano electoral la distribución de candidaturas.
A su vez el INE deberá informar a los institutos electorales locales sobre el cumplimiento de la sentencia por cada partido político.
“Partiendo de esta medida se fundamenta directamente en el mandato constitucional y convencional de llevar a cabo comicios en condiciones de igual y por tanto garantizar el derecho a ser votada en condiciones de paridad previsto en el artículo 35.II constitucional, en caso de incumplimiento se negará el registro de candidatos varones” se expresa en la sentencia.