Morelia, Michoacán
Habrá una multa de diez a 30 Unidades de Medida de Actualización (UMAs), clausura temporal o definitiva de comercios que no respeten las medidas sanitarias, amonestación o apercibimiento y arresto administrativo hasta por 36 horas, son las sanciones que contempla el decreto que establece la segunda fase de la Nueva Convivencia en Michoacán.
El documento que ya fue publicado en el Periódico Oficial señala en su Capítulo V las sanciones que habrán de aplicarse a establecimientos comerciales que no respeten el aforo máximo del 50 al 75 por ciento o que no respeten las disposiciones sanitarias.
Según el decreto, las sanciones se apegan a los términos de los artículos 226 y 227 de la Ley de Salud del Estado de Michoacán, por lo que las autoridades en materia de seguridad pública podrán auxiliar en la aplicación de las sanciones por las infracciones a lo establecido en el decreto.

Las medidas sanitarias que deberán seguir todos los establecimientos comerciales radican en la instalación de un filtro con gel alcohol y la toma de temperatura, usar cubrebocas de forma obligatoria, evitar contacto personal y recomendar a adultos mayores que no asistan.
Para el caso de bares, se estipula que mantendrán una operación reducida con horarios de cierre a las 23:00 horas de jueves a sábado y los domingos no habrá apertura, manteniendo siempre el aforo máximo estipulado.
Asimismo, se mantiene la prohibición de conciertos masivos, jaripeos, fiestas patronales, espectáculos y eventos deportivos y reuniones que conglomeren a más de 50 persona, como fiestas en la calle.
A las autoridades municipales se les exhorta a que peatonalicen las plazas públicas, reduzcan la capacidad de operación de establecimientos y todas las medidas que resulten necesarias para romper las cadenas de contagio que determine la autoridad de salud del estado.







