Morelia, Michoacán
La violencia corporal a los niños quedará prohibida en Michoacán si se aprueba la iniciativa del diputado local Octavio Ocampo Córdova para modificar la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y el Código Familiar.
El diputado integrante del Grupo Parlamentario del PRD propondrá en la siguiente sesión que se elimine de la ley toda aquella facultad que se daba a los padres y tutores de corregir a las y los niños y adolescentes a cambio de “observar una conducta que sirva a éstos de buen ejemplo”.
Octavio Ocampo propone que los padres o tutores de las niñas, niños y adolescentes respeten su integridad psicológica, emocional y sexual con el objeto de contribuir a su sano desarrollo y que los integrantes de la familia estén obligados a evitar conductas que generen violencia familiar.
Quedaría prohibido el castigo corporal o cualquier tipo de trato y castigo humillante como forma de corrección o disciplina de niñas, niños o adolescentes.
Octavio Ocampo recuerda en su iniciativa que esta prohibición ya se aprobó recientemente por el Senado de la República:
“Con esta reforma al marco jurídico nacional, Michoacán debe cambiar su normativa para hacer ley la prohibición de castigos y así cumplir con el derecho al respeto de la dignidad humana e integridad personal de las niñas, niños y adolescentes”, argumenta.
El diputado perredista explicó que actualmente se establece: “que quienes tengan trato con niñas, niños y adolescentes se abstengan de ejercer cualquier tipo de violencia en su contra”, pero que el concepto de “abstención” no deja claro la obligación de la persona de no actuar de forma violenta.
Es decir, el concepto de “abstención” no exige la conducta no violenta y no puede ser considerada equivalente a una prohibición explícita del castigo corporal y humillante.
Manifestó que ante la “aceptación tradicional generalizada” de los castigos corporales y humillantes en la sociedad, su prohibición explícita resulta un paso fundamental para la prevención de la violencia.
Además, en esta propuesta se establece que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y disciplina de su madre, su padre o de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda, custodia y crianza, así como de los encargados y el personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, de salud, de asistencia social, de cuidado, penales o de cualquier otra índole, sin que, en modo alguno, se autorice a estos el uso del castigo corporal ni el trato humillante.
Octavio Ocampo afirma que se deben crear condiciones de bienestar que propicien un entorno afectivo y comprensivo, que garantice el ejercicio de los derechos.
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