Melissa García – Morelia, Michoacán

En año y medio el Centro de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (CMASC) de la Fiscalía General del Estado (FGE) de Michoacán ha logrado recuperar al menos 80 millones de pesos de 6 mil 661 casos resueltos, documentó Marisol Moreno Álvarez, coordinadora del Centro.

En entrevista virtual con Primera Plana Noticias, la funcionaria compartió que durante 2019 el CMASC llevó a cabo 3 mil 027 acuerdos reparatorios, mientras que en los primeros seis meses de este año, la conciliación entre partes abarca los 3 mil 634 asuntos, lo que significa que éste (el acuerdo reparatorio) es un mecanismo eficiente y viable que puede resolver conflictos en solo un mes, puntualizó.

En total, expuso, se han beneficiado al menos 8 mil 014 personas en toda la entidad, toda vez que la Fiscalía General del Estado mantiene en sus diez regiones un facilitador de controversias, lo que permite que los convenio o acuerdos reparatorios se lleven a cabo en las zonas donde se suscitan.

Aunado a ello, dijo que tras los convenios de reparación se tiene un restablecimiento económico importante: en 2019 se logró recuperar 65 millones de pesos, mientras que en los primeros seis meses de este 2020, el monto por ese concepto asciende a 25 millones de pesos.

Delitos culposos, solución sin trabas ni demoras

En el CMASC los delitos penales culposos tienen una solución a través de acuerdos, en los que un facilitador deberá procurar, sin favorecer los intereses de alguna de las partes, en perjuicio de otra, restituir el daño, ya que su función es actuar libremente sin prejuicios o posturas particulares, explicó la directora del centro

De los 40 delitos que abarca la Ley Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal, el delito de amenazas es el más recurrente en todo el estado, seguido de fraude, abuso de confianza y el patrimonial sin violencia, como robo y robo simple.

Una vez que las partes acceden a estos procedimientos de manera voluntaria y respetan la confidencialidad, equidad, imparcialidad y voluntariedad, pasan a la fase de sesiones preliminares, donde se trabaja con cada uno de los involucrados; después se realiza una sesión conjunta y se arriba a un acuerdo reparatorio, bajo una mediación y una conciliación. Todo este procedimiento no implica un proceso largo como sería un juicio penal, precisó Moreno Álvarez.

Guía para resolver un conflicto mediante mecanismo alternativo de solución

1.- Una vez presentada la denuncia o querella ante el Ministerio Público, éste te invitará a participar en un Mecanismo para resolver el conflicto.

2.- Si aceptas la invitación, acudirás al Centro de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, (CMASC) de la Fiscalía General del Estado, para que te brinden la información necesaria del procedimiento a seguir.

3.- Puedes solicitar los Mecanismos ofrecidos por el CMASC desde el inicio de tu denuncia o querella o hasta antes del auto de apertura a juicio oral. Los delitos que proceden son de querella, delitos culposos y los delitos patrimoniales que sean cometidos sin violencia. Turnando tu carpeta de investigación para su revisión y admisión en su caso al CMASC.

4.- Una vez admitida tu carpeta se le asigna a un facilitador, éste es la persona certificada que en forma imparcial atenderá a ambas partes. Él elaborará las invitaciones para la celebración de una sesión preliminar en la que se te explicará en que consiste el mecanismo, cuales son tus derechos y obligaciones.

5.- Según el caso, se seleccionará el mecanismo alternativo, que puede ser: a) Mediación
b) Conciliación
c) Junta restaurativa

6.- Pueden ser una o varias sesiones, realizadas por el Facilitador, que se llevarán a cabo con la presencia de ambas partes en forma separada o conjunta, las cuales tienen derecho a ser asistidas por un abogado, el cual podrá estar presente sin intervenir en la sesión. Las partes o intervinientes tienen la obligación de asistir a las sesiones y en caso de celebrar algún acuerdo reparatorio, cumplirlo.

7.- La terminación anticipada, se puede dar por voluntad de las partes, por su inasistencia injustificada, por falta de interés para solucionar su conflicto, mala fe y faltas de respeto entre las partes.

8.- Los acuerdos reparatorios son aquellos celebrados entre la víctima u ofendido y el imputado, mismos que son validados para garantizar la equidad, imparcialidad y voluntariedad con que se elabora. El acuerdo se plasma por escrito como resultado del dialogo entre las partes y que resuelven un conflicto, contiene cláusulas que pueden cumplirse en forma inmediata o diferida, en forma total o parcial, por tanto tiene como efecto la extinción de la acción penal.

Marisol Moreno Álvarez, coordinadora del Centro de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (CMASC).

Los mecanismos alternativos son optativos o complementarios de la vía jurisdiccional ordinaria y tienen como propósito fomentar una convivencia social armónica mediante el diálogo, la comprensión y la tolerancia, a través de un procedimiento basado en la voluntad, la prontitud y la economía, añadió.

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