Juan Antonio Magallán – Morelia, Michoacán

No se puede pensar en libre tránsito si la gente se está muriendo, por ello se ha hecho prevalecer el derecho a la salud, por encima de cualquier otro derecho, explicó Lenin Sánchez Rodríguez, titular de la Consejería Jurídica del Gobierno de Michoacán.

En entrevista para Primera Plana Noticias, el funcionario estatal explicó que quedaron sin efecto todas los suspensiones temporales del Decreto de Aislamiento Obligatorio en Michoacán, conseguidos por medio de recursos de amparo en tribunales federales, ya que la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado presentó una queja ante el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito, cuya sentencia resultó a favor del Ejecutivo Estatal.

Luego de que juristas y académicos de la entidad, muchos de ellos relacionados con el partido Morena, promovieron una cascada de amparos en contra de la medida de protección a la salud de los michoacanos ante la pandemia mundial de COVID-19, el Juez Séptimo de Distrito en Michoacán concedió una suspensión temporal de las sanciones incluidas en el decreto (multa, trabajo comunitario y arresto administrativo), solamente para algunos de los quejosos, en lo que terminaba la emergencia sanitaria y los juzgados pudieran dedicarse a resolver los amparos.

Ante ello el Gobierno de Michoacán presentó una queja ante el Tribunal Colegiado judicial, pidiendo que se revocara la decisión de permitir que estas personas circulen libremente sin que se les pueda imponer una sanción si violan el confinamiento obligatorio ordenado por las autoridades federales y estatales. Finalmente, el órgano judicial dio la razón al gobierno silvanista.

“El recurso de queja fue resuelto ayer (26 de abril) señala que el gobierno estatal sí tiene las facultades para llevar a cabo el plan de confinamiento, lo cual se sustenta en el artículo 1º, 4º, 11º y 73º, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, expuso el consejero jurídico del Ejecutivo estatal.

Lenin Rodríguez puntualizó que la resolución falló a favor del Gobierno del Estado porque en la queja se presentaron motivos de orden constitucional, apoyándose en los artículos ya citados, dejando por el momento sin efecto a los amparos promovidos por académicos y representantes de Morena en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, así como alcaldes michoacanos emanados de ese instituto político.

“Algunos abogados se adelantaron a la publicación del decreto y pensaron que se trataba de un Estado de excepción, cuando esa medida es facultad del presidente (de la República), lo cual es aprobado primero por el Congreso de la Unión y después revisado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación; pero el decreto de confinamiento nada tiene que ver con eso”, aclaró Lenin Sánchez.

En ese sentido, Lenin Sánchez desglosó que con base en el artículo primero constitucional, el Estado está obligado a proteger los derechos humanos, y más aún porque desde 1998 México forma parte de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, y luego de que esta condenara las omisiones del Estado mexicano para dar atención al tema, como en los casos de las muertas de Juárez, o los abusos contra la activista Lol Kin Castañeda, o contra Tita Radilla, entre otros.

El segundo punto en el que se sustenta la queja en contra de la suspensión temporal del Decreto concedida en los amparos estriba en que, con base en el artículo 11º constitucional, se señala que en situaciones de emergencia sanitaria nacional se puede restringir el derecho de libre tránsito, además de que con base en la misma Constitución, los decretos emitidos por la Secretaría de Salud federal en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para dar atención a la epidemia de COVID-19, reconocen a las administraciones estatales como autoridades sanitarias.

Lenin Sánchez puntualizó que el artículo 73º de la Constitución establece la posibilidad de que los gobiernos estatales tomen medidas diferentes a la propia Federación ante una emergencia sanitaria, como las acciones decididas que impulsó Silvano Aureoles para no ser omiso ante la pandemia que está matando a miles de personas en México y el mundo.

“La queja presentada tiene el único objetivo de hacer prevalecer el interés colectivo del derecho a la salud y la vida por encima de otros derechos. No podemos pensar en el libre tránsito si la gente se muere, por ello se planteó la argumentación constitucional, con la cual el tribunal colegiado nos dio la razón”, explicó.

Y es que el consejero jurídico fue claro al señalar que las medidas de confinamiento voluntario y la parálisis de actividades no esenciales han sido entendidas por la sociedad como “unas vacaciones”, por lo cual se tomó la determinación de generar el decreto para puntualizar que el derecho tiene límites, sobre todo cuando se trata de una enfermedad desconocida, para la cual no hay cura y está matando a la gente.

“Para algunas personas la enfermedad es asintomática, entonces si transito portándola y contagio a más personas, sería una omisión del Estado no actuar para frenar eso. Buscamos no ser omisos y ser conscientes de que la enfermedad es perjudicial para todo el Sistema de Salud nacional, porque de nada sirve estar confinados de manera voluntaria y otros sigan como si nada”, añadió.

Además insistió en que el decreto de confinamiento no coarta el derecho de libre tránsito totalmente, ya que pueden circular sin problemas aquellos que justifiquen su desplazamiento por motivos laborales, adquisición de bienes alimenticios, operaciones bancarias, cuidado de personas adultas mayores y personas con discapacidad, además de que los protocolos de actuación se realizan en estricto apego al respeto de los derechos humanos.

Finalmente, Lenin Sánchez dejó en claro que, por lo menos hasta el 6 de mayo, la resolución tendrá vigencia, ya que en dicha fecha se reanudan las labores en el Poder Judicial y hasta entonces el Decreto de Aislamiento Obligatorio se aplicará en Michoacán, por ende, se dejan sin efecto práctico los amparos promovidos por juristas locales.

“Se respeta la opinión de compañeros abogados de tener una opinión diversa ante el tema, pues están en su derecho de acudir a los tribunales, pero no comparto que muchos de ellos sin haber conocido el decreto se adelantaron, no sé si por protagonismo u otra situación, pero lo más importante es y será la salud”, concluyó.

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