Morelia, Michoacán – Melissa García

Trabajadores de la salud son víctimas colaterales de la creciente amenaza que representa el COVID-19, expuso el diputado priísta Eduardo Orihuela Estefan, quién presentó una iniciativa para que quienes durante la emergencia sanitaria agredan a médicos, cirujanos, paramédicos, enfermeros, camilleros o cualquier trabajador de la salud, sean sancionados con 6 años de prisión, misma que fue turnada a la Comisión de Justicia para su análisis.

La reforma prevista al artículo 180 del Código penal del Estado, refiere que “A quien, durante una emergencia sanitaria, cometa cualquiera de las conductas a que se refiere el artículo anterior en contra de un médico, cirujano, parámedico, enfermero, camillero o cualquier otro profesional de la salud y/o trabajador del sector salud, público o privado, se le aumentará la pena prevista en el artículo anterior hasta en tres años más de prisión o multa de cien a ciento cincuenta días multa”.

Se debe considerar necesario regular las conductas que se están desplegando por algunos sectores de la sociedad, e inhibir con ello, cualquier manifestación en contra del profesional de la salud, resaltó durante su presentación ante el Pleno.

Conductas que consideró “irracionales para la mayoría del cúmulo social”, por lo que incluirlo en la norma penal para que se constituya como un delito, y por consecuencia jurídica, una pena o medida de seguridad, resulta penalmente y socialmente relevante pues psicológicamente tiende a evitar los hechos dentro de la convivencia humana, afirmó.

La norma jurídico-penal, alertó, inhiben el daño a las condiciones elementales de respeto e interacción humana que deben prevalecer en la sociedad.

Cabe señalar que actualmente se imponen de seis meses a tres años de prisión o de cincuenta a doscientos días multa y de cien a trescientos días de trabajo comunitario, a quien por motivo de género, edad, estado civil, embarazo, raza, procedencia étnica, idioma, religión, ideología, preferencia sexual, color de piel, nacionalidad, origen, posición social, trabajo, profesión, posición económica, discapacidad, características físicas, estado de salud o cualquier circunstancia que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o afectar los derechos o libertades de las personas.

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