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Redacción – Morelia, Michoacán

La Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH) notificó al Sindicato Único de Empleados de la Universidad Michoacana (SUEUM) que 35 trabajadores de este gremio deberán presentarse ante la Dirección de Personal para que les sea asignada una adscripción válida dentro de la Máxima Casa de Estudios.

A través de una figura denominada ‘Unidades Responsables’ (URES), estas 35 personas, sindicalizadas del SUEUM, cobraron un salario durante años en la Universidad Michoacana, que formalmente es su patrón, pero en la práctica nunca han desempeñado una función dentro de la estructura administrativa de la Casa de Hidalgo, sino que han estado a las órdenes de la organización sindical que dirige Eduardo Tena Flores.

Mediante oficio No. 1165/2020, firmado por el secretario General de la Universidad Michoacana, Pedro Mata Vázquez; la secretaria Administrativa, Silvia Hernández Capi; el tesorero Rodrigo Gómez Monge; el contralor Rodrigo Tavera Ochoa, y el abogado general Luis Fernando Rodríguez Vera, se notifica la terminación de la URES 702 (702.1, 702.2 y 702.3), que el SUEUM ejercía fuera del marco legal.

En consecuencia, se da por terminada la adscripción de las 35 personas a dichas URES, en virtud de que el SUEUM no es una dependencia universitaria. Se sabe que son 60 personas las que conforman la lista completa bajo este estatus laboral, y todas ellas en próximas fechas deberán ceñirse a la normatividad laboral que rige a la Universidad Michoacana.

Las URES son el aparato administrativo mediante el cual la Universidad Michoacana, a través de la Secretaría Administrativa y la Tesorería, establece una clave de sistema para realizar transferencias de recursos a diferentes dependencias universitarias, realizando así la entrega y dispersión de fondos económicos para las diversas necesidades de las escuelas, facultades, institutos, secretarías y dependencias universitarias que están dentro del organigrama administrativo.

En la entrega del oficio No. 1165/2020 realizado por el Notario Público No. 25 Salvador Hernández Mora, se argumenta:

“En términos de lo dispuesto en el artículo 134 fracción III de la Ley Federal del Trabajo que a la letra dice: …obligaciones de los trabajadores III.- desempeñar el servicio bajo la dirección del patrón o de su representante a cuya autoridad estarán subordinados en todo lo concerniente en el trabajo que con fecha del 16 de marzo del 2020 las personas incluidas en el documento adjunto a la lista 1 deberán presentarse a la Dirección de Personal de esta universidad para que les sea asignada una adscripción válida dentro de esta casa de estudios”.

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