Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este miércoles, por mayoría de tres votos, que la aplicación de fotomultas por infracciones de tránsito en la Ciudad de México son constitucionales.
De esta forma, la Segunda Sala avaló el proyecto presentado por el ministro Fernando Franco en el que rechaza un amparo a Víctor Manuel López y se consideró que las foto-infracciones no violan el derecho a la audiencia previa.
“El hecho que motiva la imposición de la multa es conocido por el gobernado, pues es una obligación de aquél conocer las normas y disposiciones que operan en materia de tránsito y vialidad, por lo que para desvirtuar la multa impuesta basta con que el particular acuda ante la autoridad para efecto de que esta última le exhiba las pruebas que supuestamente acreditan la conducta sancionada y, así, esté en posibilidad de tener elementos con los cuales debatir la determinación del Estado”, se resolvió.
El único ministro que votó en contra de la propuesta de Franco, fue Alberto Pérez Dayán quien, durante la sesión sostuvo ante sus compañeros que la aplicación de fotomultas en la capital el país es ilegal.
Con información de: Excélsior
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