Morelia, Michoacán.- De acuerdo al dictamen de Ley de Ingresos que aprobaron el miércoles los legisladores locales, el costo por la prestación de trámites y servicios relacionados a vehículos motorizados particulares tendrá un incremento de 3 por ciento en relación a los cobros que había en este 2017 que está por terminar.
El costo por cada juego de placas básicas para autobuses, camiones, camionetas, automóviles y pipas, con la respectiva expedición de la tarjeta de circulación, pasara de mil 522 a mil 568 pesos. Las placas para motocicleta o cuatrimoto, incluyendo la tarjeta de circulación, pasará de 459 pesos a 473. Para el caso de reposiciones serán 316 y 181 pesos, respectivamente.
Las licencias de conducir para automovilista pasarán de 870 a 896 pesos por dos años, de mil 272 a mil 310 para el caso de dos años, y para las licencias de nueve años el precio pasará de 2 mil 543 a 2 mil 619 pesos. El resto de las licencias tienen al igual un incremento aproximado del 3 por ciento.
A continuación la lista de los principales cobros que realizará la Secretaría de Finanzas y Administración por conceptos relacionados a la utilización de vehículos en el 2018 de acuerdo al Artículo 15 y 16 de la Ley de Ingresos.
Los derechos que se causen por la prestación de servicios de registro y control vehicular de transporte particular, se pagarán conforme a las siguientes cuotas:
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Por dotación de placas:
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CONCEPTO |
CUOTA |
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A. |
Por cada juego de placas para autobuses, camiones, camionetas, automóviles y pipas, incluyendo tarjeta de circulación. |
$ 1,568.00 |
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En el caso de transportes de carga, en la tarjeta de circulación correspondiente, se entenderá comprendido el permiso de carga, según los bienes que se transporten en cada caso. |
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B. |
Por cada juego de placas para autobuses, camiones, camionetas, automóviles y pipas, incluyendo tarjeta de circulación, en el que se solicite un número específico. Los derechos que señala la letra B anterior, se pagarán previamente a la prestación del servicio. La entrega de las placas señaladas se realizará transcurridos 4 días hábiles, después de efectuado el pago. En caso de no existir el número de placas solicitado, transcurrido el plazo señalado, se reintegrará el monto pagado. |
$ 2,933.00 |
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C. |
Por cada juego de placas, incluyendo tarjeta de circulación para vehículos de servicio particular adaptados, o de uso para personas con discapacidad, pagarán el 50 por ciento de lo señalado en la letra B de esta fracción, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 65° de la Ley para la Inclusión de las Personas con Discapacidad en el Estado de Michoacán de Ocampo. |
$ 784.00 |
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D. |
Por cada juego de placas para remolque, incluyendo tarjeta de circulación. |
$ 877.00 |
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E. |
Por cada placa para motocicletas y cuatrimotos, incluyendo tarjeta de circulación. |
$ 473.00 |
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F. |
Por cada juego de placas para demostración, incluyendo tarjeta de circulación. |
$1,789.00 |
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G. |
Por la reposición de placas, por extravío, robo, deterioro o destrucción, se pagarán las mismas cuotas establecidas en las letras A, B, C, D, E y F de esta fracción, según corresponda. En el caso de extravío o robo, deberá presentarse copia de la denuncia interpuesta y la carta de no infracción correspondiente. |
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2. Por holograma de circulación, o refrendo anual de calcomanía de circulación:
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A. |
Para autobuses, camiones, camionetas, automóviles y pipas. |
$ 869.00 |
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B. |
Para vehículos de servicio particular adaptados o de uso para personas con discapacidad, pagarán el 50 por ciento de lo señalado en la letra B de esta fracción, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 65° de la Ley para la Inclusión de las Personas con Discapacidad en el Estado de Michoacán de Ocampo. |
$ 435.00 |
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C. |
Por refrendo de tarjeta de circulación tratándose de placas de demostración. |
$ 993.00 |
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D. |
Para remolques. |
$ 436.00 |
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E. |
Para motocicletas. |
$ 280.00 |
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3. Por registro de bajas de vehículos automotores:
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A. |
De autobuses, camiones, camionetas, automóviles y pipas. |
$ 439.00 |
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B. |
De motocicletas y remolques. |
$ 216.00 |
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4. Reposición de tarjetas de circulación por deterioro, cambio de propietario, extravío o cambio de tipo de vehículo:
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A. |
Para autobuses, camiones, camionetas, automóviles, pipas, demostración y remolques. |
$ 316.00 |
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B. |
Para motocicletas y cuatrimotos. |
$ 181.00 |
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5. Permisos de circulación:
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A. |
Provisional para circular sin placas, por 3 días. |
$ 52.00 |
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B. |
Provisional para circular sin placas, por 15 días. |
$ 216.00 |
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C. |
Por cada día adicional que exceda, a los 15 días. |
$ 32.00 |
La expedición de la constancia de inscripción en el Registro Estatal Vehicular tendrá un costo de 181 pesos.
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6. Por la validación de documentos para regularizar vehículos automotores.
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A. |
Por validación de pagos relacionados con la posesión del vehículo, cuando éste provenga de otra entidad federativa. |
$ 200.00 |
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B. |
Por validación de pedimentos de Importación de vehículos de procedencia extranjera. |
$ 200.00 |
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7. Por la expedición de licencias para conducir vehículos automotores:
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CONCEPTO |
TARIFA |
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A. |
De Automovilista: |
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1) |
Con vigencia de dos años. |
$ 896.00 |
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2) |
Con vigencia de cuatro años. |
$ 1,310.00 |
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3) |
Con vigencia de nueve años. |
$ 2,619.00 |
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B. |
De Chofer: |
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1) |
Con vigencia de dos años. |
$ 1,199.00 |
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2) |
Con vigencia de cuatro años. |
$ 1,831.00 |
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3) |
Con vigencia de nueve años. |
$ 3,468.00 |
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C. |
De Motociclista: |
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1) |
Con vigencia de dos años. |
$ 542.00 |
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2) |
Con vigencia de cuatro años. |
$ 714.00 |
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3) |
Con vigencia de nueve años. |
$ 1,422.00 |
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D. |
De Chofer de Servicio Público Estatal: |
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1) |
Con vigencia de dos años. |
$ 1,585.00 |
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2) |
Con vigencia de cuatro años. |
$ 1,947.00 |
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3) |
Con vigencia de nueve años. |
$ 4,394.00 |
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E. |
Por la reposición de las licencias antes de su vencimiento, referidas en las letras A, B, C, y D de esta fracción, como consecuencia de robo o extravío, previa denuncia ante el Ministerio Público, y la presentación de la carta de no infracción correspondiente. |
$ 376.00 |
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