Madrid, España.- La Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado el ingreso en prisión para la presidenta de la Mesa del Parlament, Carme Forcadell, por un presunto delito de rebelión, durante la comparecencia de medidas cautelares. Además, la Fiscalía también pide prisión incondicional para otros tres miembros de la Mesa, Lluís Corominas, Lluís Guinó y Anna Simó.
En cambio, el Ministerio Público solicita para Ramona Barrufet prisión eludible bajo una fianza de 50 mil euros. En su interrogatorio, la diputada de Junts pel Sí por el PDeCAT ha manifestado que el referéndum no tuvo validez y no contaba con garantías. En este sentido, Barrufet ha rechazado la vía unilateral y ha sostenido que solo se puede hacer con un pacto. Ademas ha acatado plenamente el artículo 155.
Finalmente, pide libertad con medidas cautelares para Joan Josep Nuet. Estas medidas cautelares para el coordinador general de EUA pasarían por comparecencias periódicas.
Durante los interrogatorios, Forcadell ha explicado ante el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena que acata el artículo 155 de la Constitución aprobado por el Gobierno central. Según fuentes presentes en el interrogatorio, todos los investigados han acatado de manera expresa el artículo 155, por el que quedó intervenida la Generalitat. Además, se han desmarcado de la estrategia soberanista y han defendido que la votación por la independencia de Catalunya aprobada el pasado 27 de octubre era algo meramente simbólico y sin efectos jurídicos.
Así lo han asegurado estas fuentes y viene a indicar el cambio de estrategia de los miembros de la Mesa del Parlament frente a las declaraciones de los exmiembros del Govern de la semana pasada, que se negaron a responder a la Fiscalía. Este cambio de estrategia les puede ayudar a conseguir que la Fiscalía no solicite para ellos el ingreso en prisión de manera incondicional por ese delito de rebelión.
Los miembros de la Mesa han sido citados a declarar después de que el alto tribunal admitiera a trámite la querella interpuesta por el fiscal general del Estado, José Manuel Maza. En la querella, se recoge el papel fundamental de la Mesa del Parlament para llevar a cabo las pretensiones de la Generalitat de obtener la independencia de Catalunya fuera de las vías legales.
Papel nuclear de la Mesa
El fiscal recoge el papel nuclear de la Mesa, que ha admitido a trámite y sometido a votación leyes inconstitucionales, como la ley de transitoriedad, la ley del referéndum y la propia declaración unilateral de independencia, votada el pasado viernes día 27.
En la querella, se recoge como por ejemplo en la votación de la ley de transitoriedad aprobada el 8 de septiembre, desestimando las solicitudes de reconsideración a su admisión a trámite y sin admisión de enmiendas a la totalidad ni dictamen del Consejo de Garantías Estatutarias. Se votó de madrugada con la ausencia de la Cámara de los diputados de los grupos parlamentarios Socialista, Ciudadanos y Popular.
“De nuevo, Carme Forcadell, en su calidad de presidenta del Parlament, haciendo tabla rasa de los derechos de los diputados disidentes, posibilitó, en una arbitraria interpretación del Reglamento, la aprobación de dicho texto en un sólo día, sin posibilidad de debate, de discusión efectiva de enmiendas o de elevación al Consejo de Garantías Estatutarias, facilitando dar una falsa apariencia de legalidad a este proceso ‘de facto’ de demolición del ordenamiento constitucional”, recoge la querella.
ASUME LA CAUSA DEL TSJC
Este mismo jueves, el magistrado ha reclamado al Tribunal Superior de Justícia de Catalunya las diligencias previas 1/2016 seguidas contra varios miembros de la Mesa del Parlament de Catalunya por delitos de desobediencia y prevaricación.
En una providencia, el instructor explica que ha accedido así a la petición que incluyó la Fiscalía en querella, donde solicitaba al Supremo la acumulación a la causa del Supremo de dichas diligencias seguidas hasta ahora ante la Sala Civil y Penal del TSJ de Catalunya.
El juez Llarena indica que lo hace de conformidad al artículo 21 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Dicho artículo indica que cuando algún juez o tribunal estuviere entendiendo en un asunto cuyo conocimiento estuviere reservado al Tribunal Supremo, éste ordenará a aquél, de oficio o a instancia del fiscal o de parte, la remisión de la causa. Dicho artículo señala también que ningún tribunal puede promover causas de competencia contra el Supremo, y que contra la decisión del TS no cabe recurso alguno.
Fuente: Periódico Zócalo