Juan Antonio Magallán
Morelia, Michoacán.- El diputado priista Roberto Maldonado Hinojosa anunció una iniciativa de Ley, con proyecto de decreto mediante la cual se reformaría los artículos 21, 22, 23, 24 y 25 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, la cual tiene la finalidad de estipular una obligación por parte de los ayuntamientos para tener un resguardo digitalizado de todos documentos de competencia municipal que serán entregados en el proceso de Entrega- Recepción de cada trienio.
En conferencia de prensa, el legislador local señaló que se plantea reformar el artículo 22 para señalar que se deben digitalizar los siguientes documentos: Libros de Actas de sesiones de cabildo, documentos relativos a la situación financiera del municipio y a la cuenta pública del municipio.
También se deberá digitalizar la situación de la deuda pública, el estado de la obra pública ejecutada, la documentación relativa a los proyectos y programas ejecutados y no ejecutados, los cuales deben tener un folio de localización en un sistema digitalizado.
Se contempla archivar tecnológicamente el estado que guarda el cumplimiento de obligaciones fiscales, la plantilla de personal y sus expedientes, los convenios y contratos que se tengan con otros municipios, documentación relativa a programas municipales, el registro, inventario, catálogo y resguardo de bienes muebles e inmuebles de propiedad municipal y demás información que se estime relevante para garantizar la continuidad de la Administración Pública Municipal.
En cuanto a la reforma al artículo 23, el diputado local comentó que el Congreso del Estado y la Auditoria Superior, deberán capacitar a los servidores públicos para la integración documental en materia de organización, planeación, marco normativo y de transparencia, misma que debe contener la captación de los ingresos y gastos menores de la última quincena del ayuntamiento saliente.
Referente al artículo 24, Maldonado Hinojosa dijo que el síndico deberá levantar el acta circunstanciada de la entrega recepción, misma que debe ser entregada al Congreso del Estado, mediante Auditoria Superior, en un plazo no mayor de 15 días naturales al establecimiento del nuevo ayuntamiento.
Y finalmente, la reforma al artículo 25 señala que al concluir con la entrega y recepción, el Ayuntamiento entrante designará una Comisión Especial, de la que deberán formar parte, al menos, el tesorero, el director de obras públicas y el titular del órgano de control interno municipal, y la que se encargará de analizar el expediente integrado con la documentación conducente, para formular un dictamen en un plazo de treinta días naturales, del cual, tendrá copia el Congreso del Estado.
El Ayuntamiento habiendo conocido el dictamen, emitirá el acuerdo correspondiente, mismo que no exime de responsabilidad a los integrantes y servidores públicos del Ayuntamiento saliente.
El Ayuntamiento, dentro de los diez días naturales, remitirá copia del expediente de entrega-recepción, así como el dictamen aprobado del mismo por el Ayuntamiento al Congreso del Estado, para el efecto de revisión de las cuentas públicas municipales.
La iniciativa será presentada ante el Pleno del Congreso del Estado durante la sesión ordinaria de este 17 de mayo.




