Ciudad de México.- Un video promocional de Morena fue suspendido por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por promover la imagen de su dirigente, Andrés Manuel López Obrador, y no la de Delfina Gómez, candidata a la gubernatura del Estado de México.

En sesión privada, los magistrados consideraron que el spot no cumple con los objetivos de la asignación de los tiempos del Estado a los partidos políticos en tiempo de campaña, ya que no se promociona a la candidata de Morena a la gubernatura del Estado de México, su oferta política o su plataforma, informó Milenio. 

Al resolver la queja presentada por el PRI, los magistrados señalaron que el modelo de comunicación política establece bases y directrices que deben seguirse en el uso de los tiempos oficiales en radio y televisión, que se conceden a los partidos políticos para su promoción permanente y la relativa a los procesos electorales.

Especialmente, señalaron que el artículo 242 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 256 del Código Electoral del Estado de México establecen que las campañas electorales son el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que, durante la campaña electoral, producen y difunden los partidos políticos, los candidatos registrados y sus simpatizantes, con el propósito de presentar y promover ante la ciudadanía las candidaturas registradas.

Por lo anterior, la propaganda electoral que se difunde en radio y televisión durante la etapa de campaña debe destacar precisamente la candidatura que se promueve, su plataforma política o su propuesta.

Dijeron que ese requisito no se cumple en el spot de Morena, ya que la mayor parte del tiempo se escucha y se ve Andrés Manuel López Obrador refiriéndose a cuestiones que no aluden a la candidata registrada.

Luego del análisis del promocional impugnado, el pleno advirtió el incumplimiento de los parámetros de legalidad exigidos para la etapa de campaña, por lo que ordenó a la autoridad electoral el cese inmediato de su difusión, a fin de evitar una simulación que vulnere los principios democráticos de la contienda, así como el derecho de la ciudadanía a informarse de las opciones políticas para ejercer su voto.

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