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Alejandro Amado

Morelia, Michoacán.- Este día el Servicio de Administración Tributaria (SAT) presentó su plataforma digital para que los contribuyentes puedan presentar su declaración anual desde la comodidad de cualquier dispositivo conectado a Internet.

La administradora desconcentrada de Servicios del Contribuyente de Michoacán, Soledad Sotelo Belmonte, declaró en rueda de prensa que bastará ingresar al portal www.sat.gob.mx y registrarse para generar una contraseña utilizando su Régimen Federal de Contribuyentes (RFC).

Una vez que el contribuyente ingrese al sistema encontrará formularios sobre comprobantes de ingresos, salarios, honorarios, impuestos retenidos, deducciones e Impuesto Sobre la Renta (ISR). Al ingresar sus datos, en automático la plataforma generará un tabulador para verificar si tienen o no saldo a favor, y en caso de que lo tengan se registran las opciones para que ese recurso les sea reintegrado.

Para casos donde los contribuyentes estén bajo el régimen de honorarios, el de actividades empresariales o el de asalariados, se incluye un apartado para que puedan solicitar saldo a favor con base en sus comprobantes de gastos médicos o colegiaturas.

Usuarios de la plataforma refieren que el sistema aún tiene detalles que a veces complican su uso, pero mediante una llamada telefónica al 01 55 627227 el SAT brinda el soporte técnico que permite lograr la declaración sin tener que hacer filas en las oficinas de esta dependencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Sotelo Belmonte detalló que la plataforma beneficiaría a los alrededor de 80 mil contribuyentes que tiene Michoacán bajo el régimen de actividades empresariales así como a los cerca de 800 mil asalariados, lo cuales no tienen obligación de presentar declaración fiscal, pero con las recientes sí pueden solicitar saldo a favor para los casos ya señalados.

Cabe destacar que cuando se realice la declaración vía electrónica y se solicite saldo a favor, esto deberá realizarse en un plazo no mayor a cinco días.  Para los asalariados que declaren un monto menor a los 20 mil pesos y tengan saldo a favor, podrán realizar su declaración anual en cualquier mes de 2017 y no hasta el 2 de mayo que se cierra el periodo por ser día inhábil el 30 de abril, cuando se recorre la conmemoración del Día del Trabajo.

Subrayó la funcionaria que los asalariados con saldo a favor inferior a 10 mil pesos, y que únicamente tienen ingresos por salarios, podrán realizar su declaración mediante una llamada telefónica. Para los que estén bajo este mismo régimen y tengan un saldo a favor de 50 mil pesos será necesaria su firma electrónica para poder recibir el reintegro de su dinero.

 Así el SAT facilita los trámites de declaraciones anuales con el objetivo de lograr una mayor recaudación.

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