Alejandro Amado
Morelia, Michoacán.- El acoso sexual ya está tipificado como delito en Michoacán, esto luego de que la Cámara de Diputados autorizó adicionar el Artículo 169 Bis al Código Penal de Michoacán.
De seis meses a dos años de prisión y de 30 a 120 días de salario, serán las penas por este delito, que hasta ahora sólo se consideraba como hostigamiento. Se considera acoso sexual el asedio, de manera física o verbal a otra persona con fines sexuales sin que exista consentimiento por la otra parte.
El hostigamiento, que ya está tipificado, implica que quien comete el delito se aprovecha de una relación jerárquica superior, sea laboral o doméstica, para solicitar actos de índole sexual. Con la adición del Artículo 169 Bis ya no es necesaria una relación de subordinación por parte de la víctima para que el hecho sea constitutivo de delito.
Cuando la víctima forme parte de un grupo vulnerable, las penas privativas de la libertad serán al doble: de uno a cuatro años de cárcel, y de 40 a 180 días de salario.







