Dalia Villegas Moreno
Morelia, Michoacán.- Legisladores perredistas impulsarán reformas a la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Michoacán, que de prosperar y aprobarse por la 73 Legislatura, especificaría la clasificación de los empleados de confianza, pondría un ‘marcapasos’ a los trabajadores eventuales, establecería criterios para el pago de horas extras y controlaría las altas y bajas de las filas sindicales.
La propuesta, que será presentada por el diputado perredista Manuel López Meléndez este miércoles en la sesión legislativa del Congreso de Michoacán, plantea la ampliación en la clasificación de aquellos cargos cuyos titulares serán considerados de confianza y la inclusión de los trabajadores eventuales a la lista de los “trabajadores al servicio de las instituciones públicas”.
En la lista de los empleados de confianza, se formalizan, para el Poder Legislativo: secretarios, contralor interno, directores, secretarios técnicos, subdirectores, e investigadores. En los ayuntamientos serían considerados en esta categoría: el contralor, coordinador general, coordinador, directores generales, secretarios técnicos, secretarios privados, asesores, subdirectores y jefes de departamento u homólogos.
Marcapasos a eventuales
Se establece que serán considerados trabajadores “eventuales” aquellos a quienes se otorga nombramiento mediante contrato, en un tiempo determinado que deberá quedar estipulado en un contrato laboral, donde también se mandata que al término del contrato de prestación de servicios se deberá pagar la parte proporcional que correspondan a las prestaciones que se determinaron en el contrato de prestación de servicios.
Un cambio sustantivo tiene que ver con el pago de horas extras, respecto al cual se establece que nunca podrá exceder de tres horas diarias ni de tres veces consecutivas. Si los trabajadores laboraran en sus días de descanso, la entidad estará obligada un salario doble por el servicio prestado.
Control a gremios
Como parte de la propuesta perredista, se plantea obligar a los sindicatos a informar a la autoridad, aunque no especifica a cuál autoridad, por lo menos cada tres meses de los movimientos de altas y bajas de sus miembros. También se prohibirá convocar a los trabajadores para realizar acciones o eventos que pongan en riesgo la integridad de los mismos, así como violentar sus derechos humanos.
Tras la entrada en vigor de estas pretendidas reformas se daría seis meses como plazo a las entidades patronales para que contraten con las instituciones de seguridad social la prestación de los servicios Médico Asistenciales que la propia Ley Federal del Trabajo ordena.
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