Alejandro Amado

Morelia, Michoacán.- En la víspera de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) vote este 7 de noviembre un proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, expertos en derecho a la información han señalado que la modificación a la ley reglamentaria del derecho de réplica va en perjuicio del ejercicio periodístico. Más grave aún, enfatizan que tiene “fallas de origen” desde que la aprobó el Congreso de la Unión.

Así lo expresó en entrevista telefónica Luis Eduardo Knapp, abogado de Artículo 19 México, quien puntualiza que la libertad de expresión no se trata solo del derecho a emitir información u opiniones, sino del derecho a buscar y recibir dicho material. Si bien reconoce el abogado que el derecho de réplica es necesario, subraya que la regulación debe ir en el sentido de fortalecer el debate democrático y diversificar las perspectivas de información.

La ambigüedad del agravio y la ofensa

En el tema de difusión de la información es donde Artículo 19 encontró ambigüedades preocupantes, asuntos que la organización asegura que pueden convertirse en serios problemas para la libertad del trabajo periodístico.

“El proyecto que está en la ponencia del ministro Pérez Dayán señala como uno de los requisitos para que proceda el derecho de réplica que exista información agraviante, vejatoria o calumniosa, que envilezca u ofenda. Es preocupante porque deja abierta una puerta muy grande respecto a qué debemos entender por ‘información vejatoria, ofensiva o agraviante’.

“Ya la Suprema Corte se ha pronunciado sobre el fortalecimiento del sistema democrático, donde debe existir un debate robusto, desinhibido, abierto, y donde entren todo tipo de expresiones. No sólo las que se reciban favorablemente, sino las que lleguen a ser mordaces, o que no sean recibidas de manera favorable”.

“Lo de información vejatoria u ofensiva es una apreciación subjetiva. Y para restringir derechos humanos debe partirse de un estándar estricto. Al tener este tipo de términos, se deja muy abierto el campo para que una persona diga ‘me ofende, o es vejatorio’, y no sea con elementos objetivos con lo que se determine sí hubo un daño o agravio”, señaló el experto en derecho a la información.

Además ya existe la vía civil para demandar por daño moral, por lo que incluso habría una sobrerregulación, advierte Luis Eduardo Knapp.

Tuiteros podrían ser sujetos obligados

Respecto a los sujetos obligados, el abogado de Artículo 19 refiere que hay un vicio de origen en la ley reglamentaria que se aprobó hace un año por parte de la Cámara de Diputados. Mientras en el artículo 2 se señala como sujetos obligados a medios de comunicación, agencias de noticias y productores independientes, en el artículo cuarto se agrega a “cualquier otro emisor responsable”. Knapp recordó que la Comisión Nacional de Derechos Humanos impugnó esta parte del proyecto.

“Es un vicio de origen de la ley por parte de los legisladores. Se abre el abanico de sujetos que podrían ser obligados a dar el derecho de réplica, como son usuarios de redes sociales o portales web, porque se trata de cualquier emisor de información responsable del contenido original.

“Nos parece adecuado que se aclare quién entraría como ‘cualquier otro emisor’. No dejarlo de manera ambigua, que se precise, porque puede ser un mecanismo que entorpezca la libertad de expresión y de difusión de la información. Cualquier persona que publique información en redes sociales, en un blog o en un portal, puede también ser sujeta a la ley de derecho de réplica”, clarificó.

Pidió al ministro subsanar esa nomenclatura vaga cuando resuelvan el caso, pues de no hacerlo se traduciría en una carga para las personas que sin acreditación o pertenencia a un medio realizan actividades que pueden catalogarse como periodísticas, pues el Artículo 6º constitucional así lo permite.

Recordó que la SCJN ya resolvió un caso en Quintana Roo en el que indicó que el ejercicio periodístico debe entenderse de manera amplia debido a los avances de la tecnología, no limitarse a la sala de redacción tradicional. Sería importante que la SCJN precise los sujetos obligados y no discrimine el periodismo ciudadano, sostuvo Luis Eduardo Knapp.

Para Artículo 19, una cuestión positiva que tiene el proyecto es que separa las opiniones de los hechos.

“Las opiniones nunca, jamás, deben estar sujetas a responsabilidades. El derecho a opinar de las personas debe ser totalmente respetado y garantizado. Ya cuando se trate de una opinión que implique algún hecho, ahí podría entrar el derecho de réplica”, afirmó el abogado.

Una ley de réplica… para los políticos

Otro factor importante es que se haya eliminado el término de ‘agravio económico’, ajeno al lenguaje de derechos humanos. Por el contrario, preocupa que se haya mantenido lo de ‘agravio político’. No es lógico pensar en un ciudadano común alegando un agravio político, menciona el abogado de Artículo 19. El proyecto del ministro Pérez Dayán elimina lo del agravio económico, menciona que existe la vía civil para reclamar daño a la reputación o a la imagen, y se puede llegar a una sanción o a una indemnización.

“Quitó lo de agravio económico pero dejó lo de agravio político; éso nos parece ambiguo. Esta ley reglamentaria del Artículo 6º, del derecho de réplica, vemos que en el fondo está dirigida a partidos políticos o personas con cargo público. Personas que tienen una total proyección pública.

“Quien impugnó esta ley fueron los partidos políticos precisamente, el Movimiento de Regeneración Nacional y el Partido de la Revolución Democrática. Está bien que ellos tengan una reglamentación en cuanto al derecho de réplica, pero eso ya debe ser en el ámbito electoral. Esta ley en el fondo va dirigida a los partidos políticos y a funcionarios públicos”.

Artículo 19 ha documentado que han crecido las demandas por daño moral contra periodistas, por lo que el proyecto del ministro daría más herramientas a actores de poder para censurar a la prensa por vías legales.

“Se ha judicializado el ejercicio de la libertad de expresión demandando a periodistas, lo que al final se traduce en efecto inhibitorio hacia el ejercicio periodístico”, enfatizó Knapp.

Ejemplificó cómo se influye en la mentalidad de los demás periodistas cuando uno es sancionado, diciendo que ellos piensan en esta situación:

“Demandaron a ‘X’ o ‘Y’ por publicar alguna información y están pidiendo 10 millones de pesos. Creo que es riesgoso publicar, también puedo ser objeto de demanda”.

Judicialización de la libertad de expresión es en sí una mordaza

El proyecto se divide en dos procedimientos, uno ante el medio y otro ante juzgados federales. Lo preocupante para Knapp es que deja a criterio del ofendido ir directamente a tribunales, “brincando” el procedimiento ante el medio. Esto judicializa nuevamente la libertad de expresión e información, al no incentivar la conciliación.

“Sí debería existir una autorregulación, donde se entable comunicación con el medio, se solicite réplica, rectificación o respuesta, y se publique en el mismo momento si se puede, o en otro espacio, en los mismos términos, el mismo tiempo y el mismo espacio. Pero el proyecto del ministro Pérez Diane dice que este procedimiento de autocomposición ante los medios es opcional. Y en el proyecto argumenta que hace esto porque estaría restringiendo el derecho de acceso a la justicia”, argumentó.

Añadió que en los últimos artículos de la ley reglamentaria se establecen sanciones desproporcionadas, a pesar de que pueden individualizarse, lo que nuevamente desalienta el ejercicio periodístico. En cuanto las demandas por daño moral se pueden establecer sanciones de millones por parte de los jueces para indemnizar a alguien que reclame alguna información agraviante.

“Sobre todo hay que enfocarnos en el efecto que provocan este tipo de regulaciones, (pues) puede amedrentar el libre ejercicio del periodismo al prever sanciones con altos montos económicos. Además la SCJN acaba de resolver el asunto en cuanto al monto máximo de indemnización respecto al daño moral, aquí en la Ciudad de México.

“Es un precedente muy peligroso, porque en la Ciudad de México en cuanto al daño a la vida privada, la privacidad, al honor, se establecía un monto máximo de alrededor de 25,000 pesos. Pero la Suprema Corte resolvió eliminar el monto máximo. Entonces los jueces pueden establecer montos de lo que crean conveniente o adecuado conforme al caso, pueden ir desde 10 mil o 20 mil pesos, hasta 100 mil, un millón, o más.

“El caso se presentó este año en un amparo que resolvió la Corte respecto de una figura pública contra un periodista de espectáculos. La SCJN decidió eliminar los montos máximos, lo que sienta precedente un poco malo para siguientes casos”, enfatizó Luis Eduardo Knapp.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí