Morelia, Michoacán
Ya sea voluntario o forzado, el reclutamiento para grupos delincuenciales debería de ser castigado, considera el diputado federal y dirigente del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Ernesto Núñez Aguilar.
“Voy a subir a tribuna la próxima semana, donde también vamos a sancionar fuertemente a los reclutadores de niños, de jóvenes para el tema del crimen organizado. Esto es algo que también está sucediendo, no es un tema que se castigue y vamos a ver cómo se pueda castigar fuertemente a estos reclutadores”, expuso el legislador en entrevista.
Su propuesta busca hacer una adición al artículo 164 del Código Penal Federal para castigar con una pena de prisión de entre siete y 12 años a quien cometa este ilícito, así como una sanción de entre 800 y dos mil 500 días de multa, que se multiplicaría un tercio si las personas reclutadas son menores de edad, no tienen capacidad para comprender o resistir el hecho o son mayores de 60 años.
En su exposición de motivos, el diputado argumenta que el reclutamiento no está contemplado dentro de la legislación penal y aunque existe el secuestro, se trata de una actividad distinta, pues este último tiene la finalidad de obtener una compensación económica a cambio de la libertad de la víctima y en el primer caso, se le está privando de la libertad para incorporarla a una organización delictiva.
Agrega que para el caso de menores de edad se contempla la figura de “corrupción de menores” pero en este caso es distinto, pues no tienen la capacidad de entender el significado de los hechos delictivos que cometen o bien no tienen la capacidad de resistirse.

En el caso de los adultos, expone, puede haber reclutamiento forzado o voluntario, pero en ambos casos sólo se castiga al recluta por los delitos que haya cometido, independientemente de si lo hizo bajo coacción.
Del mismo modo, agrega, cuando se juzga a una persona que reclutó a otras, sólo se le castiga por los delitos que cometió, pero no por estos hechos.
“Muy probablemente la tipificación o sanción en el Código Penal Federal no evite que estos hechos se sigan realizando, la sanción a este tipo de acciones implica que cuando un imputado sea condenado por alguno de los delitos cometidos en pandillas o en crimen organizado, si este participó en potencializar a un grupo delictivo (reclutamiento de personas), este hecho también sea penado”, expone.
La iniciativa de Ernesto Núñez, sin embargo, no hace una distinción entre si el reclutamiento fue forzado o voluntario ni contempla la posibilidad de que el reclutador sea menor de edad.







