Foto: Archivo.

Ningún acto masivo para promover a alguna persona candidata a una judicatura o magistratura detectó la Junta Local del Instituto Nacional Electoral (INE) en el fraccionamiento 4 de marzo.

La semana pasada, circuló por WhatsApp un mensaje en el que se invitaba a la población a conocer “magistrados para las elecciones 2025” el 8 de marzo -aunque todavía no inician las campañas federales ni estatales- y que a cambio de presentar la credencial para votar, los asistentes podrían hacerse acreedores a una despensa y “un refrigerio” por persona. Esto, en un salón llamado “Pedregal”, ubicado en la avenida que lleva ese mismo nombre.

Lo anterior sería una clara violación a las leyes electorales pues va en contra tanto de los períodos de campaña como de los objetos que tienen permitido dar los aspirantes a un cargo y muy probablemente rebasaría el tope de gastos de campaña, que en todos los casos será de 220 mil 336 pesos y unos cuantos centavos en total.

Si bien no acudieron a cerciorarse de esta posible infracción, funcionarios del INE estuvieron el pasado sábado en este conjunto habitacional (el más poblado de la capital del estado), pues ahí se celebró una asamblea de una organización que busca conformarse como partido político nacional.

“Hubo una congregación muy importante de personas en Pedregal por una asamblea constitutiva de una organización que quiere ser partido político. Estuvimos levantando el acta y no tuvimos información de otro evento masivo que estuviera ocurriendo en la zona”, informó el vocal ejecutivo de la Junta Local, David Alejandro Delgado Arroyo.

De acuerdo con el funcionario electoral, si un candidato de la elección al Poder Judicial se hubiera presentado en dicha asamblea, estaría incurriendo en responsabilidades administrativas también y aunque no se detectó que esto ocurriera, en todo caso el INE tiene registro de todos los asistentes a dicha actividad.

Con respecto a las consecuencias que podría implicar para un candidato rebasar su tope de gastos de campaña, David Alejandro Delgado recordó que en nuestro país no existen sanciones fijas, sino que en cada infracción corresponde una individualización de la pena y que, en todo caso, eso es tarea de los tribunales electorales, no del INE.

Lo que corresponde al INE, precisó, es la fiscalización, tanto en las campañas federales como en las locales a través del Mecanismo Electrónico para la Fiscalización de Personas Candidatas a Juzgadoras.

Lo que sí pudo adelantar el vocal, es que la ley establece que si la diferencia de votos entre el primero y el segundo lugar en la elección es de cinco puntos porcentuales y hay un rebase del tope de gastos de campaña en un similar, se nulifica la candidatura, con lo que perdería el triunfo.


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