Morelia, Michoacán
Expresamente fuera del proceso de elección de jueces y magistrados locales quedan las mujeres transgénero, puesto que la modificación al Código Electoral que aprobaron los diputados de Michoacán especifica que el criterio de paridad debe tomar en cuenta únicamente a mujeres cisgénero.
Esta reforma consiste en la moficación y creción de varios artículos para sentar las bases de este nuevo proceso electoral y se basa en la reforma que se hizo a nivel federal; sin embargo, difiere en algunos aspectos, como es el caso del artículo 397, en donde se establece que corresponderá al Instituto Electoral de Michoacán (IEM) garantizar la paridad de género, asignando a los hombres y mujeres más votados los cargos en juego de manera alternada, pero especifica que éstos sólo serán mara mujeres “cis”, aunque en el caso de los hombres no se hace esta aclaración:
“La etapa de asignación de cargos inicia con la identificación por el Instituto de las candidaturas que hayan obtenido el mayor número de votos y la asignación de éstas en cada cargo, en función de su especialización por materia y alternando entre mujeres y hombres, iniciando con mujer cis género y concluye con la entrega por el Instituto de las constancias de mayoría a las candidaturas que resulten ganadoras y la emisión de la declaración de validez respectiva”, reza el artículo.
En cuanto a las personas no binarias, no se hace ninguna alusión ni en cuestión de paridad ni en los requisitos, en donde sólo se especifica que las personas que aspiren a un cargo deben tener licenciatura en Derecho y experiencia de al menos cinco años en alguna actividad jurídica, así como no haber sido funcionario o militante de un partido político en el último año.
Es decir, en los requisitos no se excluye a las personas por su identidad o expresión sexual, pero sí en el momento de la asignación de los cargos, independientemente de si se obtuvo mayoría de votos o no.
Probablemente este “candado” se deba a que, con el pretexto de llenar cuotas de género, la mayor parte de los partidos políticos en Michoacán registró hombres como “candidatas”, argumentando que se trataba de mujeres trans o de “hombres con expresión de género femenina”, lo cual resultó en un fraude que incluso invalidó la elección de “una presidenta” municipal en Charapan, Rubén Torres García.
Esta medida, si bien evita que se cometa este tipo de fraude, también deja fuera a todas las mujeres trans que aspiren a un cargo de juezas o magistradas en Michoacán, lo cual no sucede en el ámbito federal.