En recientes resoluciones el Poder Judicial de Michoacán, a través de los juzgados de oralidad familiar, ha dictado sentencias relevantes en casos de custodia, pensión alimenticia y convivencia familiar, aplicando principios de igualdad de género, derechos humanos y el interés superior de la niñez.

En el Juzgado Segundo Oral Familiar de Morelia, se resolvió un juicio de custodia en el que el padre de tres menores solicitaba su guarda y cuidado, además de un régimen de convivencia para la madre. Tras recabar la opinión de las menores y constatar que el padre aseguraba su bienestar, el tribunal otorgó la custodia definitiva al padre, estableció la convivencia con la madre y determinó que ambos conservarían la patria potestad, con obligación de pensión alimenticia a cargo de la madre.

Por otro lado, el Juzgado Sexto Oral Familiar de Morelia, en un proceso de disolución matrimonial, reconoció el derecho de una mujer a recibir pensión alimenticia compensatoria y una compensación económica equivalente al 50% de los bienes adquiridos durante el matrimonio. Basado en los principios de igualdad y perspectiva de género, el tribunal reconoció que la demandada se encontraba en situación de vulnerabilidad por razones de salud y había realizado doble jornada, trabajando dentro y fuera del hogar, lo cual debe considerarse y compensarse.

Finalmente, en un caso sobre modificación de convenio, el Juzgado Segundo Oral Familiar de Morelia resolvió mantener la custodia de una adolescente con su padre, quien había obtenido una sentencia favorable en otro juzgado. Sin embargo, dado el interés de la adolescente por convivir con su madre y la importancia de la figura materna en su vida, el tribunal estableció de oficio un régimen de convivencia. Además, se organizó una entrevista para que la jueza explicara personalmente a la adolescente los motivos de la decisión.

Estas sentencias refuerzan el compromiso del Poder Judicial de Michoacán con la justicia inclusiva, basada en la igualdad de género y el respeto a los derechos de la niñez.

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