Morelia, Michoacán
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un amparo interpuesto por la organización Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) y declaró como inconstitucional que se penalice el aborto en el Código Penal Federal, pero esto, ¿qué significa? ¿Cuáles son las implicaciones?
La activista Yannick Castro explica que “sí es un logro, pero no es todo el camino”, ya que ahora habrá que esperar a que el Congreso de la Unión derogue los delitos de aborto voluntario, así como los que sancionan al personal médico que lo procura, para que entonces los congresos locales hagan lo propio.
Por lo pronto, esta resolución garantiza que las instituciones de salud lleven a cabo la interrupción del embarazo a quien lo solicite, pero no en todo el país, como se daba a entender en un comunicado de GIRE, sino en las 12 entidades en donde ya está despenalizado.
Explicó también que para que salgan de prisión las personas que fueron sentenciadas ya sea por interrumpir su propio embarazo o por ayudar a alguien a hacerlo con su consentimiento, tendría que haber una instancia pública que realizara el proceso, ya que desde 2021 existía esta posibilidad y se dijo que se crearía un padrón, lo cual hasta ahora no ha sucedido.